Este lunes, se conoció en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.167 de fecha 30 de diciembre de 2014, parte del Convenio Cambiario N° 32 el cual explica que la liquidación de las operaciones de venta de divisas realizadas por PDVSA al Banco Central de Venezuela, se harán en cualquier tipo de cambio oficial
A partir de la en vigencia del presente Convenio Cambiario, la liquidación de las operaciones de venta de divisas efectuadas por Petróleos de Venezuela y sus filiales al Banco Central de Venezuela, derivadas de financiamientos, instrumentos financieros y cobros de deuda, provenientes de actividades u operaciones de exportación y/o venta de hidrocarburos efectuadas en el marco de Acuerdos de Cooperación Energética, se hará a cualesquiera de los tipos de cambio oficiales a que se contraen los Convenios Cambiarios vigentes», señala el artículo 1 del Convenio.
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